La Corte Suprema demanda a un empresario por "desacato"
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Reporteros Sin Fronteras (RSF) ha manifestado su protesta por la querella contra Eduardo Yáñez, por "desacato contra la autoridad".
En una carta dirigida a Mario Garrido, presidente de la Corte Suprema, Reporteros Sin Fronteras (RSF) ha manifestado su protesta por la querella contra Eduardo Yáñez, por "desacato contra la autoridad". La querella se ha presentado ateniéndose a los artículos 263 y 264 del Código Penal, relativos al delito de "desacato contra la autoridad", sancionado con una pena que puede llegar hasta cinco años y un día de cárcel. RSF recuerda que "las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información", según el artículo 11 de la Declaración de principios sobre la libertad de expresión de la Comisión interamericana de derechos humanos (CIDH). "Resulta inaceptable la sanción de la expresión de una opinión con penas de cárcel", ha declarado Robert Ménard, secretario general de RSF. "La reciente adopción de una nueva ley de prensa no ha hecho que desaparezcan todas las amenazas contra la libertad de expresión en Chile", ha constatado. La organización ha pedido a Mario Garrido que retire la demanda de la Corte Suprema.
Según informaciones recogidas por RSF, durante la emisión de "El termómetro" del 28 de noviembre de 2001, en el canal Chilevisión, el empresario Eduardo Yáñez declaró, aludiendo a un caso de error judicial, que la justicia chilena era "inmoral, cobarde y corrupta", y que los jueces hacían "mariconadas". Después de estudiar esas declaraciones, la Corte Suprema presentó una demanda por "desacato contra la autoridad". Juan Muñoz, el juez del Tribunal de apelación encargado de la instrucción de esta querella, estableció que las diferentes partes tenían de plazo hasta el 15 de enero de 2002 para encontrar una solución amistosa. Transcurrido el plazo, Eduardo Yáñez podría ser detenido. Por tres veces, el empresario ha presentado sus excusas a la Corte Suprema que, hasta el momento, no las ha aceptado.
El 4 de junio de 2001, se derogó el artículo 6b de la Ley de Seguridad Interior del Estado, que preveía hasta cinco años de cárcel para quienes "injurian" o "calumnian" a los altos representantes del Estado. Desde el regreso a la democracia en 1990, una treintena de personas se vieron amenazadas con aplicarles ese artículo, según la organización internacional de defensa de los Derechos Humanos, Human Rights Watch. Sin embargo, la reforma de la legislación no suprimió ni las penas de cárcel para los delitos de prensa, ni el delito de desacato.
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Updated on
20.01.2016