El proyecto de ley aprobado por el Congreso en diciembre pasado aunque edulcorado respecto a su primera redacción, contiene disposiciones contrarias a la libertad de expresión y de reunión pacífica y sanciona la toma y difusión de imágenes en la calle de agentes de las fuerzas de seguridad con multas que van desde los 600 hasta los 30.000 euros tanto para periodistas y medios de comunicación como para ciudadanos que capturen y/o publiquen “
imágenes no autorizadas de las fuerzas de seguridad que puedan comprometer la seguridad personal o poner e riesgo el éxito de una operación”. Para la entrada en vigor de la ley, resta su aprobación definitiva por el Congreso.
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Este proyecto de ley pone en manos de la Administración consideraciones, hasta la fecha solo competencia de un juez”, explica Lucie Morillon, directora de programas de Reporteros Sin Fronteras. “
La reforma refuerza las prerrogativas de las fuerzas de seguridad limitando los derechos y libertades de los periodistas. El Gobierno se dota así de un arma extremadamente eficaz para crear zonas oscuras-en tinieblas en que las fuerzas de seguridad escapan a todo control ciudadano y periodístico , legitimándolas”.
Criticadas por la sociedad española, ciertas disposiciones de la Ley podrían ser consideradas inconstitucionales. En efecto, la Carta Magna española precisa que el derecho a la información y a la libertad de expresión “
no pueden ser sometidos a censura previa”.
La jurisprudencia española ha establecido además en el pasado que el derecho a la información y el reconocimiento de los abusos policiales –una información de máximo interés público- priman sobre el derecho a la imagen y al honor de los agentes de las fuerzas de seguridad.
La
Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, la Vida Privada y Familiar y a la Imagen establece, por otro lado, que el derecho a la imagen no impide la reproducción y publicación de imágenes “
cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público”.
Gracias a esta ley, las fuerzas de seguridad podrán sancionar a periodistas y medios de comunicación que tomen o difundan imágenes “
que puedan poner en peligro la seguridad de las fuerzas del orden”, “
divulgando datos personales de los agentes o de locales protegidos” o “
poniendo en peligro operaciones policiales” (artículo 36.26 del proyecto de ley).
La infracción será determinada en relación al derecho fundamental a la información, según establece la última versión de la reforma legislativa. El periodista estará obligado a pagar la multa de antemano pudiendo recurrirla a posteriori pagando las costas judiciales.
La importancia del trabajo de los periodistas en la denuncia de abusos policiales ha sido reconocido por
el Premio Ortega y Gasset de Periodismo 2013, que recayó en Juan Ramón Robles, “
un periodismo que saca a la luz al invisible”.
Estos últimos años, la Guardia Civil ha recrudecido su actitud contra los periodistas sin dudar en recurrir a pretextos falaces para arrestar a aquellos considerados demasiado curiosos. Un último ejemplo data de ayer, 11 de marzo: la fotógrafa Ángela Ríos fue arrestada cerca de la valla que separa la ciudad autónoma de Melilla de Marruecos, en la frontera sur de Europa. La policía la acusa de hacer entrar inmigrantes en España de manera ilegal, su delito “
ayudar a la inmigración ilegal”.
La periodista confirmó ver a cuatro inmigrantes. Los subsaharianos escaparon con la llegada de las fuerzas de seguridad que detuvieron a la periodista, quien había salido del vehículo para fotografiar la huída. La fotoperiodista fue puesta en libertad sin cargos a última hora de la tarde de ayer.
España ocupa el puesto 33 de un total de 180 países en la
Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa publicada por Reporteros Sin Fronteras.